Consulta popular: La materia y sus alcances jurídicos | Artículo
Llamar a no votar en una consulta que es constitucional, simplemente porque no se comparte su materia, porque la pregunta es confusa o porque su resultado podría ser contrario a intereses particulares o de grupo, no contribuye a fortalecer a la democracia.
Rogelio Muñiz Toledo
“La justicia exigía que el procesado fuera acusado, defendido y juzgado, y que todas las interrogantes ajenas a estos fines, aunque parecieran de mayor trascendencia, fueran mantenidas al margen del procedimiento”: Hannah Arendt *
Independientemente de lo controvertida o inconveniente que pueda resultar para muchos la materia de la consulta y de lo confuso de la pregunta, como la consulta es constitucional -aunque haya quienes prefieran olvidar que así lo determinó la Corte- votar el 1 de agosto es un derecho y una obligación de las y los ciudadanos. Participar o no en ella es una decisión personal que cada quien debe tomar como parte del libre ejercicio de sus derechos políticos y, cualquiera que esta sea, debe ser respetada.
Descalificar -en algunos casos hasta llegar al más oprobioso insulto, como está sucediendo en las redes sociales- a quienes decidan ejercer su derecho a votar el 1 de agosto, es una muestra de intolerancia tan nociva para la democracia como las que cotidianamente se producen desde la sede del poder ejecutivo para desacreditar a los opositores. Llamar a no votar en una consulta que es constitucional, simplemente porque no se comparte su materia, porque la pregunta es confusa o porque su resultado podría ser contrario a intereses particulares o de grupo, no contribuye a fortalecer a la democracia.
No obstante que sus promotores -empezando por el presidente de la república que fue su principal impulsor- insistan en que esta consulta es para preguntar si se quiere que se investigue y, en su caso, se procese a los expresidentes, la verdad es que esa no es ni la pregunta ni la materia de la consulta; tampoco sería ni su efecto jurídico ni una de sus consecuencias directas.
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El presidente López Obrador dice que él no va a participar en este ejercicio y, a pesar de que la pregunta propuesta por él fue desechada por la Corte porque su resultado podría violar los derechos de las víctimas a la justicia y a la reparación y ser restrictivo de los derechos y garantías de los imputados, insiste en el despropósito de desinformar a la ciudadanía al “traducir” la pregunta aprobada, para ajustarla a los intereses políticos que él persigue, y no a los fines constitucionales de la consulta, y para que diga lo que él quería que se preguntara: “que se investigue y de conformidad con la ley se juzgue a los expresidentes”. Engaña con un espejismo e impide que el debate se centre en lo que sí es la materia de la consulta.
El impreciso y demagógico eslogan “juicio a los expresidentes”, que por su naturaleza solo sirve para efectos propagandísticos y que tergiversa el ya de por sí confuso sentido de la pregunta, solo contribuye a fortalecer el discurso de los opositores a la consulta, que se ha construido -y se nutre- a partir del argumento de que la consulta carece de materia conforme a sus fines constitucionales.
Despojados de su componente político y propagandístico, y de realizarse en el marco del estado de derecho y en la búsqueda de la justicia y no de la “teatralidad del juicio público”, los procesos penales que se iniciaran a partir de los resultados de las acciones que se realizaran para emprender el proceso de esclarecimiento “encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”, a que se refiere la pregunta, solo serían una consecuencia indirecta -no un efecto jurídico directo- de la consulta y solo podrían perseguir el objeto que establece el artículo 20 constitucional: “el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen”.
Como se ha repetido hasta el cansancio, la consulta ni podría tener -ni tiene- por objeto iniciar procesos penales, ni es necesaria para iniciarlos en los casos en los que haya elementos para ello.
Por razones políticas y jurídicas el “juicio a los expresidentes” -deseable para muchos pero no deseado por el presidente López Obrador- tiene escasas probabilidades de suceder. Iniciar procesos penales en su contra -como en contra de cualquier persona- solo sería asequible y aceptable si se respetan la presunción de inocencia y el debido proceso y si aquellos son producto de investigaciones imparciales y objetivas que conforme a derecho realicen las fiscalías y en los que existan elementos que hagan probable la responsabilidad de los inculpados y, debido a la prescripción de los delitos, solo procederían en relación con hechos del pasado inmediato, al que el presidente de la república parece no estar dispuesto a dirigir su fallida estrategia de combate a la corrupción, magra en resultados incluso en aquellos casos en los que hay evidencia suficiente para procesar y sentenciar a los responsables.
Pero los efectos jurídicos que podrían derivar de la consulta -exclusivamente a partir de la pregunta aprobada por la Corte y no de sus interpretaciones y tergiversaciones- y que pudieran ser vinculantes durante los próximos tres años para los poderes legislativo y ejecutivo federales y para las autoridades competentes -siempre y cuando se alcance una participación de, al menos, el cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores- sí podrían extender sus consecuencias al ámbito de la justicia transicional.
La ruta de la justicia transicional podría favorecer el proceso de cambio político, siempre y cuando los mecanismos utilizados para que se acceda a la verdad, a la justicia y a la reparación y no repetición se procesen mediante comisiones de la verdad alejadas de la demagogia, de los intereses partidistas o de grupo y del discurso político y propagandístico de la 4T.
Hay antecedentes: la híbrida, aunque fallida, Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, creada en 2001 para cumplir con una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y, recientemente, la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia en el Caso Ayotzinapa, creada en los primeros días del gobierno del presidente López Obrador.
* Filósofa alemana naturalizada estadounidense. Fue profesora en las universidades de California, Chicago, Columbia, Princeton y Yale. Fue integrante de la Academia Estadounidense de Artes y Ciencias y una de las pensadoras más influyentes del siglo XX.


