Una infección en el talón derivó en la muerte de un hombre; CNDH emite recomendación al IMSS por el caso
El hombre ingresó a urgencias porque padecía pie diabético, pero no fue canalizado ni revisado correctamente.
Después de un hombre de tercera edad con diabetes falleciera por negligencia médica en un hospital en Mérida, Yucatán, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La comisión determinó que se violaron los derechos a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud.
De acuerdo con la CNDH, el 18 de diciembre de 2019, el paciente, de 67 años, ingresó a Urgencias del Hospital General Regional Número 1 (HGR-1) “Ignacio García Téllez”, por una infección en el talón izquierdo.
Por un caso de negligencia médica que derivó en el fallecimiento de un #AdultoMayor en un hospital de #Yucatán, emitimos la #Recomendación 133/2022 al @Tu_IMSS.
Consúltala aquí 🔗 https://t.co/Aoqj0MZOr5#DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/v3ks7EP7nI
— CNDH en México (@CNDH) July 27, 2022
Debido a que padecía diabetes mellitus, el personal le recomendó una dieta especial, un esquema de insulina de acción rápida, doble tratamiento con antimicrobiano y toma de muestras para estudios de laboratorio. Además de fue canalizado a revisión por parte de un especialista en angiología.
No obstante, esta última se llevó a cabo dos días después y no fue revisado por cirujanos, provocando que el padecimiento de pie diabético continuara evolucionando.
Debido a ello y otras enfermedades, se deterioro el estado de salud del hombre y posteriormente falleció, señaló la CNDH.
Te puede interesar | México es el país más agredido por la diabetes; se deberían prohibir alimentos que la provocan: Páez | Video
El personal médico argumentó ante la comisión que no fue posible realizar la cirugía por falta de tiempos de coagulación y ayuno, así como por falta de autorización.
Sin embargo, la CNDH detalló que con ello se omitió el hecho de que “la víctima no presentaba con ninguna incapacidad transitoria ni permanente para otorgar el consentimiento informado” y que en el expediente hay un permiso por un familiar.
Ante esto, la Comisión Nacional solicitó al IMSS que se repare integralmente a la víctima indirecta. Por su parte, el Instituto informó que “analiza la recomendación que emitió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en relación a hechos registrados el mes de diciembre de 2019″.
