El Senado refuerza penas por feminicidio y violación
Los legisladores aprobaron penas que van de 40 a 60 años de prisión para quien asesine a una mujer por motivos de género; integran como delito la inseminación no consentida con castigos de hasta 7 años de cárcel

El Senado de la República aprobó la tipificación del delito de feminicidio con penas que van de 40 a 60 años de prisión, y de ocho a 20 años a quienes cometan violación sexual.
La adición incluye reformas para sancionar también la inseminación no consentida, que alcanzará una pena de 7 años de prisión.
La senadora panista María Serrano explicó que las modificaciones también consideran una ampliación de las penas por hostigamiento, abuso sexual y violación, y se agrega como conducta delictiva la esterilidad provocada con penas que alcanzan los 7 años de cárcel, cuando sin consentimiento de la persona se le apliquen procedimientos de cualquier índole.
De vuelta a la Cámara
El pleno del Senado aprobó estas reformas con 74 votos a favor. La minuta volverá a la Cámara de Diputados con las nuevas modificaciones para su discusión y aprobación.
Las reformas se aplicarán al Código Penal Federal, así como a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
A finales del año pasado, la Comisión Especial para el Seguimiento de Feminicidios de la Cámara de Diputados, presidida por Teresa Inchaustegui, presentó el documento Feminicidio en México. Aproximación, tendencias y cambios, 1985-2009, con el objetivo de lograr las reformas necesarias en la materia. (Con información de Notimex).
El delito: Comete feminicidio quien prive de la vida a una mujer por motivos de género y cuando la víctima presente signos de violencia sexual. También cuando le hayan infligido lesiones degradantes o existan antecedentes de agresiones en el ámbito familiar, lo cual se agregará al artículo 324b del Código Penal Federal.

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