Un mercado que no deja de crecer
Para Sofía Pérez Otero, abogada especializada en derecho de reproducción asistida y de
familia internacional, México ocupa hoy un lugar central en esta industria como destino atractivo por
tres
razones principales: un marco legal relativamente progresista, que reconoce el matrimonio igualitario,
la autonomía
reproductiva, la diversidad familiar y el derecho a la identidad; un circuito médico de alto nivel; y
costos más
bajos en comparación con otros países. Mientras en Estados Unidos un proceso de gestación subrogada
suele
costar entre 120 mil y 200 mil dólares, en México los programas se ofrecen, en general, entre 50 mil y
120 mil dólares, dependiendo
de los servicios incluidos y de los gastos legales y médicos.
En el país, la gestación subrogada no tiene una regulación nacional unificada. Su marco
legal está
dividido entre la Federación, que regula aspectos sanitarios y médicos, y los estados, que establecen
las consecuencias civiles del proceso, como la filiación y el reconocimiento de la maternidad y la
paternidad.
Eso ha creado un rompecabezas legal en el que las condiciones, derechos y vías legales disponibles pueden
cambiar según el estado donde se lleve a cabo el proceso. En estados como Querétaro y San Luis Potosí,
por ejemplo, la práctica está prohibida o los contratos de gestación subrogada no tienen efectos
jurídicos.
Tabasco y Sinaloa, por otro lado, cuentan con regulaciones específicas que permiten ciertas modalidades
y establecen requisitos legales. Esta disparidad dificulta tener una visión clara de cómo opera la
industria en México.
En la práctica, saber cuántos bebés nacen mediante gestación subrogada es casi imposible. Esto se debe a
que el Código Civil prohíbe que, al registrar a un recién nacido, las autoridades pregunten o dejen
constancia de la forma en que fue concebido o nació, como medida para evitar cualquier tipo de
discriminación. No existe un registro oficial de estos nacimientos. Los únicos casos que pueden
identificarse con mayor claridad son aquellos que llegan a los tribunales.
Por eso, una señal del crecimiento de estos procesos son los amparos de filiación que se tramitan en
los juzgados del país. Mediante estos recursos, los padres de intención solicitan a un juez que ordene
al Registro Civil reconocerlos como los progenitores legales del bebé por gestación subrogada. En cinco
años, estos
casos aumentaron 2,548 %: pasaron de 25 en 2020 a 662 en 2025, según datos del
Órgano de Administración Judicial de
México.
Estas cifras solo muestran una parte del fenómeno. Reflejan únicamente los casos que
requirieron la intervención de un juez. Muchos otros nunca llegan a tribunales porque se
resuelven entre particulares o porque el bebé es registrado inicialmente como hijo de la
gestante y la filiación se modifica después por otra vía.
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Sin cifras oficiales. No existe un registro oficial de bebés nacidos por gestación
subrogada en México. Solo se conocen los casos que llegan a tribunales.
La falta de información también dificulta saber quiénes participan en esta industria. Aunque la
regulación cambia de un estado a otro y los registros oficiales son limitados, hay un actor que aparece
de forma recurrente: las agencias privadas, en su mayoría extranjeras. Su participación es legal y, a
través de sus “coordinadores”, suelen reclutar a las gestantes, organizar el proceso, gestionar pagos y
conectar a las distintas partes.
Las agencias no son las únicas que intervienen. También participan clínicas, abogados, notarios y
autoridades, cada uno con funciones distintas. Sin embargo, cuando surge un conflicto, no siempre está claro
qué obligaciones corresponden a cada actor, quién debe responder por ellas o ante qué autoridad. Esa zona
gris puede dificultar que las partes afectadas exijan responsabilidades.
Contratos tardíos y el modelo
"Uber"
En muchos casos, las agencias funcionan como el principal puente entre las mujeres gestantes y los padres
de intención. Operan principalmente por internet: captan clientes, reclutan mujeres y coordinan procesos
médicos y legales con clínicas de fertilidad en México. A diferencia de las clínicas, que sí deben
contar con permisos sanitarios de Cofepris, muchas agencias no tienen instalaciones propias ni una
estructura formal. Su operación depende de coordinadores que acompañan a las gestantes durante el
proceso. Algunas clínicas también ofrecen directamente servicios de subrogación.
Los procesos de gestación subrogada se rigen por contratos privados. De acuerdo con
criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estos deben garantizar el consentimiento
informado y establecer con claridad los derechos y obligaciones de quienes participan.
Sin embargo, en la práctica existen dos contratos distintos. Por un lado, los padres de intención firman
con la agencia un contrato de prestación de servicios. Por otro, la mujer gestante firma directamente
con los padres de intención el contrato de gestación. Esa diferencia es clave.
Para muchas gestantes, esta separación entre los contratos no es evidente al inicio del proceso.
Grey,
una de las mujeres entrevistadas para este reportaje, cuenta que antes de entrar al programa investigó
en foros, comparó opciones y finalmente eligió a
New Life, una agencia
fundada en Georgia en 2008, registrada en Estados Unidos y con presencia en nueve países, incluido
México.
“Yo la encuentro y digo: ‘Bueno, se me hace más confiable porque el consultorio está en Polanco, ¿no?”,
cuenta, en referencia a una de las zonas más exclusivas de la Ciudad de México, donde se concentran
numerosas clínicas y agencias de fertilidad.
En agosto de 2024, Grey viajó a Cancún para realizarse la transferencia del embrión. Ese mismo día, la
agencia le entregó el contrato. “En ningún momento me explicaron que estaba firmando directamente con
los padres de intención ni que si pasaba algo, la agencia no se haría responsable”, dice.
Aunque las agencias de subrogación reclutan a las gestantes, coordinan el embarazo y administran los
pagos, no suelen figurar como parte de los contratos que firman las gestantes. Su
papel se parece al de una plataforma intermediaria: organizan buena parte del proceso, pero
jurídicamente quedan al margen del acuerdo entre las partes.
El esquema se parece al de plataformas como Uber o Rappi: controlan el proceso, pero se presentan
legalmente como intermediarias. La gestante firma directamente con los padres de intención, mientras que
ellos son los únicos que mantienen una relación contractual con la agencia y, por tanto, una vía legal
directa para reclamar en caso de incumplimiento.
Cuando Grey dio a luz, en abril de 2025, a una bebé para una familia homoparental estadounidense, cuenta
que durante los primeros meses recibió sus pagos puntualmente. La relación siempre fue cordial, por lo
que nunca tuvo motivos para desconfiar. Sin embargo, después del nacimiento comenzaron las demoras y
dice que
solo recibió una tercera parte de la compensación acordada. “Me decían que tenían un problema con su
cuenta de banco”, recuerda. Para entonces, ya sabía que el contrato de gestación no era con la agencia,
sino directamente con los padres de intención.
Durante las semanas siguientes mantuvo contacto con ellos para completar el registro de la bebé, que
finalmente quedó inscrita con su apellido, como si ella fuera la madre. Esto permitió que los padres de
intención salieran del país con la menor sin tener que esperar un amparo de filiación, un proceso que
puede tardar meses.
Según Grey, después del registro de la bebé, la pareja dejó de responderle. Entonces fue a la Secretaría
de Relaciones Exteriores para buscar una forma de reclamar su pago pendiente. Ahí le explicaron que
tendría que iniciar un proceso legal en Estados Unidos para solicitar la restitución de la niña porque,
legalmente, ella es la madre. Pero, además de los costos, que estaban fuera de su alcance, Grey pensó en
la bebé y decidió no seguir: “Entonces yo me puse a pensar y dije: ‘No la voy a poner en esta tela de
juicio porque ella no pidió venir al mundo. Fue un sueño que nosotros le quisimos cumplir a estos
padres.”
Consultamos por correo electrónico a la pareja, que aseguró haber pagado el programa completo a la
agencia. Por su parte, aunque New Life solicitó una prórroga para responder a las preguntas de esta
investigación, al cierre de este texto no ha respondido.
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Dos contratos diferentes. Las agencias actúan como intermediarias. Si una gestante
no recibe el pago acordado, puede demandar a los padres de intención, pero necesita abogados en la
jurisdicción donde firmó el contrato.
Para el abogado Raúl
Valdez, especializado en contratos de gestación subrogada, el caso ejemplifica cómo
estos procedimientos pueden operar en zonas grises, especialmente cuando los contratos se firman en
una
jurisdicción distinta a la residencia de la gestante —en este caso, Cancún, mientras ella reside en
la
Ciudad de México— o cuando no se ratifican ante notario público.
Aunque la legislación no detalla cómo deben llevarse a cabo estos contratos, en
febrero de 2026 la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que deben formalizarse antes del embarazo,
primero ante notario y después ante un juez. La realidad fue otra para la mayoría de las entrevistadas:
más de la mitad recibió su contrato cuando ya tenía un embarazo en curso. Algunas lo confundieron con
consentimientos médicos; otras lo firmaron en salas de espera o el mismo día de la transferencia
embrionaria.
Al referirse al caso de Grey, Valdez plantea una pregunta: “¿Sabes por qué no fue firmado ante notario
público? Porque lo hicieron todo mal desde el inicio. A lo mejor no con un abogado especializado, o si
lo
hubo, solo se encargó de la redacción del contrato. Cuando la gestante fue al Registro Civil y la
registró
con su apellido, es como si fuera un nacimiento natural. Entonces el contrato deja de tener utilidad”,
explica.
Susana vivió una situación similar. Fue gestante a través de WCOB, la agencia ucraniana
que desapareció
mientras aún tenía procesos en curso. Dio a luz en noviembre de 2025 y quedó a la espera de un pago
final de 100 mil pesos (unos 5,500 dólares).
Para recibirlo, primero debía viajar a Sinaloa —a más de 1,280 kilómetros de distancia— y firmar el acta
de nacimiento. En los programas de gestación subrogada, el último pago, que suele ser el más alto, puede
quedar condicionado a que el bebé obtenga su pasaporte y salga de México.
Susana cumplió con el proceso convencida de que ese sería el último paso antes de recibir el dinero que
faltaba. Pero en febrero, la agencia dejó de responderle. Buscó asesoría y ahí le explicaron que, para
reclamar el pago, tendría que contratar abogados en Sinaloa. "No podía cubrir esos
gastos. Por eso ya no seguí”, cuenta.
Valdez explica que, en estos casos, la agencia funciona como intermediaria: “Si no te pagan, puedes
demandar por incumplimiento, pero a los padres de intención”. El problema, añade, es la jurisdicción.
Tampoco existen reglas específicas para establecer una agencia de gestación subrogada en el país. “Aquí
en México no existe regulación que exija conocimiento o certificación. Cualquiera puede abrir una
oficina y decir: ‘Somos expertos en subrogación’”, señala Valdez.
Los hallazgos de esta investigación muestran cómo ese vacío normativo puede tener consecuencias
concretas. Se identificaron al menos tres casos en los que mujeres gestantes terminaron registrando a
los bebés como hijos suyos como medida de emergencia ante una mala coordinación de la agencia o la
ausencia de los padres de intención, sin recibir ningún acompañamiento posterior. Uno de esos casos es
el de Ana.
Otras gestantes describieron haber firmado consentimientos sin explicación, recibido recetas sin instrucciones sobre los medicamentos o sido atendidas por médicos distintos sin continuidad en el seguimiento. En resumen, las agencias ofrecen un discurso de acompañamiento integral, pero ese acompañamiento no siempre está respaldado por los contratos, la regulación o las condiciones necesarias para garantizarlo.