Cualquier participante del futbol mexicano puede ser llamado a investigación: Comisión Antimonopolio
La Autoridad Investigadora explicó que la indagatoria puede alcanzar a personas físicas, empresas, asociaciones, cámaras y cualquier ente relacionado con el mercado.
La Comisión Nacional Antimonopolio inició de oficio una investigación por posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado de la afiliación, organización y acceso a competiciones de futbol profesional federado en México, así como en servicios relacionados.
Manuel Haro, titular de la Autoridad Investigadora del organismo, explicó durante una entrevista con Aristegui en Vivo que las prácticas monopólicas relativas, también conocidas como prácticas de abuso de dominancia, ocurren cuando una empresa con una posición de poder en un mercado realiza determinadas acciones que pueden distorsionar el proceso de competencia.
Entre esas conductas, detalló, están aquellas dirigidas a excluir competidores, crear barreras que impidan la entrada de nuevos participantes o modificar las condiciones en las que compiten los agentes económicos dentro de un mercado.
“Básicamente una empresa grande con una posición monopólica en un mercado puede realizar ciertas acciones de tal manera que está abusando de su poder”, señaló.
El funcionario explicó que este tipo de prácticas puede tener efectos sobre los consumidores, entre ellos mayores precios, menor calidad o una reducción en la variedad de productos y servicios disponibles. De acuerdo con Haro, también pueden generar sobreprecios que terminan beneficiando a las empresas que realizan las conductas investigadas.
La investigación sobre el futbol mexicano comenzó de oficio, es decir, sin que mediara una denuncia específica. Haro indicó que la Autoridad Investigadora realizó un monitoreo de información difundida en medios públicos y determinó que existían indicios suficientes para iniciar el procedimiento.
“El indicio suficiente para arrancar esta investigación justamente para ver si podemos generar beneficios que lleguen a los consumidores finales de este servicio, de este producto que es el fútbol, en beneficio de todos los aficionados”, explicó.
El funcionario evitó precisar si una de las líneas de investigación está relacionada con la nueva estructura del futbol profesional y la eliminación del ascenso y descenso, al señalar que la legislación le impide revelar las distintas líneas que se analizan mientras el procedimiento está abierto.
Haro insistió en que el objeto del procedimiento está relacionado con posibles prácticas abusivas en la organización y acceso a las competiciones de futbol profesional, pero evitó identificar a los agentes económicos que podrían ser llamados a participar en la investigación.
Explicó que, conforme avance la indagatoria, la autoridad puede requerir información, realizar comparecencias -interrogatorios en las oficinas de la comisión- y efectuar visitas sorpresivas en los domicilios de las empresas.
La investigación no está limitada de antemano a clubes o propietarios. Haro precisó que cualquier agente económico relacionado con el mercado bajo análisis puede ser requerido para proporcionar información o declarar, independientemente de su naturaleza jurídica o de si tiene fines de lucro.
“Puede ser cualquier persona física, moral, ya sea con o sin fines de lucro, asociaciones, cámaras, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos, cualquier ente que participe en esta industria puede ser llamado ante la comisión a proporcionar información o bien a declarar según sea necesario”, explicó.
El titular de la Autoridad Investigadora señaló que la industria del futbol tiene una dimensión económica relevante. De acuerdo con datos oficiales, el sector generó más de 52 mil millones de pesos en México durante 2024 y alrededor de 150 mil empleos al año.
Haro agregó que el futbol representa aproximadamente 60 por ciento de la actividad económica generada por el conjunto de las industrias deportivas. Además, señaló que existen diversos mercados vinculados con esta actividad que podrían ser considerados en el análisis de la autoridad.
Entre ellos mencionó los mercados de fichajes de futbolistas y la comercialización de mercancías dirigidas a los aficionados, como playeras, además de otras actividades relacionadas con el futbol profesional.
“Hay un montón de actividades que pudieran estar relacionadas y que de alguna manera la comisión tiene que considerarlas para su análisis, para determinar hacia dónde se van los efectos de estas prácticas que se pudieran estar dando en el mercado de organización y acceso a competiciones de fútbol profesional”, indicó.
Sobre los posibles efectos que una mejora en las condiciones de competencia podría tener en el futbol mexicano, Haro sostuvo que los mercados competitivos tienden a generar mejores resultados para los consumidores.
Dijo que todavía es prematuro anticipar los resultados concretos de la investigación, pero señaló que, cuando un mercado funciona adecuadamente desde el punto de vista de la competencia, puede favorecer mejores productos, mayores niveles de inversión, una mayor variedad y una mejora en la calidad.
El funcionario explicó que el periodo de investigación puede extenderse hasta cuatro periodos de 120 días hábiles cada uno. Señaló que cada periodo equivale aproximadamente a seis meses naturales y que la comisión busca utilizar de manera eficiente sus herramientas para desarrollar el procedimiento con un estándar técnico que permita obtener determinaciones sólidas.
Una vez concluida la investigación, si Haro determina que existen elementos para considerar que las prácticas analizadas pueden resultar dañinas para los consumidores, emitirá un dictamen de probable responsabilidad.
A partir de ese momento comenzará un procedimiento seguido en forma de juicio, en el que los agentes económicos involucrados tendrán derecho a presentar sus manifestaciones, argumentos y alegatos para ejercer su defensa.
Posteriormente, el pleno de la Comisión Nacional Antimonopolio analizará tanto el dictamen como los argumentos de las partes y determinará las medidas correspondientes.
Entre las posibles consecuencias está la imposición de sanciones de hasta 10 por ciento de los ingresos de la empresa o empresas que resulten responsables. Haro destacó, sin embargo, que la actuación de la autoridad no se limita a las multas. “Se puede emitir una orden de supresión de la práctica”, explicó.
Estas órdenes tienen como objetivo que el agente económico responsable implemente las medidas necesarias para restaurar las condiciones de competencia en el mercado. En el caso bajo investigación, los beneficiarios serían los consumidores del servicio, es decir, los aficionados al futbol.
Haro sostuvo que las sanciones cumplen una función disuasiva, buscan generar consecuencias para quienes incurran en prácticas monopólicas, mientras que las órdenes de supresión pretenden corregir directamente las condiciones que afectan el funcionamiento competitivo del mercado.
Haro señaló que el objetivo es que, además de establecer responsabilidades cuando corresponda, las medidas adoptadas permitan corregir el funcionamiento del mercado y generar los incentivos adecuados para que los participantes compitan bajo condiciones que favorezcan a los consumidores.

