Entra en vigor la reforma a la Ley de Amparo; estas son sus implicaciones
Las suspensiones ya no tendrán efectos generales, señaló el presidente de la organización defensora de los derechos humanos Perteneces, José Mario de la Garza.
El decreto de reforma a la Ley de Amparo entró en vigor hoy sábado luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en la edición vespertina de ayer viernes.
En el portal del DOF se publicó el documento en el que se informa que por este decreto se adiciona un último párrafo al artículo 148, y se deroga el último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, para quedar de la siguiente forma:
Artículo 129. …
I. a XIII. …
Se deroga.
Artículo 148. …
…
Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
En abril pasado Mariana Calderón, directora general del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, afirmó que la institución que ella dirige presentará un amparo contra la reforma que no permitirá a las y los jueces decretar una suspensión del acto reclamado con efectos generales tras aceptar una demanda de amparo.
Julen Rementería del Puerto, coordinador de los senadores del Partido Acción Nacional (PAN), apuntó en Aristegui en Vivo los alcances que tendría esta Ley de Amparo en relación a sus efectos generales.
Repercutirá en proyectos de obras públicas como en Tren Maya
El presidente de la organización defensora de los derechos humanos Perteneces, José Mario de la Garza Marroquín, explicó los alcances y repercusiones que tendrá esta reciente reforma a la Ley de Amparo. En seguida su análisis:
¿Qué cambió?: La reforma prohíbe a los jueces suspender provisionalmente leyes y obras públicas que se consideren inconstitucionales. Esto significa que, aunque una norma pueda violar derechos humanos, no se puede detener de inmediato mientras se resuelve el juicio, indica el también abogado.
Efectos generales limitados: Las suspensiones ya no podrán tener efectos generales. Esto quiere decir que una suspensión concedida por un juez solo aplicará a las partes involucradas en el amparo y no detendrá la aplicación de la norma o proyecto en todo el país.
Impacto en obras públicas: Proyectos controvertidos como el Tren Maya ya no podrán ser suspendidos de forma cautelar por posibles daños ambientales o violaciones de derechos, dejando a las comunidades afectadas sin un mecanismo rápido de defensa.
¿Y los derechos humanos?: Organizaciones de derechos humanos advierten que esta reforma debilita la protección judicial, exponiendo a los ciudadanos a abusos sin posibilidad de una intervención inmediata para frenar el daño.
Poder Ejecutivo contra Poder Judicial: La reforma fortalece al Ejecutivo al limitar el contrapeso del Poder Judicial, lo que ha generado críticas sobre un posible desequilibrio en la separación de poderes y el riesgo de decisiones arbitrarias sin control judicial efectivo.
¿Qué podemos hacer?: La oposición y diversas organizaciones ya han anunciado que impugnarán la reforma. Nuestra voz y acción son cruciales para defender nuestros derechos.