Frena Corte amparos contra el nuevo Conahcyt; tribunales deberán esperar la sentencia del Pleno

La determinación de la Suprema Corte busca que antes de que resuelvan los amparos sobre este tema, se emitan criterios generales que eviten contradicciones entre tribunales federales.

septiembre 11, 2023 9:01 pm Published by
Foto: Cuartoscuro

Para evitar criterios contradictorios al resolver los amparos que reformaron las reglas de operación del extinto Conacyt, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los tribunales federales frenar la resolución de las impugnaciones a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.

La Corte informó que el aplazamiento de las sentencias en todos los casos tiene como propósito esperar a que el Pleno del Máximo Tribunal resuelva las acciones de inconstitucionalidad presentadas por las minorías legislativas de la Cámara de Diputados y del Senado de la República en contra de la citada reforma aprobada la noche del 28 de abril en el Congreso de la Unión, con la ausencia de casi todos los legisladores de oposición.

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Mediante el Acuerdo General del Pleno 6/2023, la Corte señala que posponer la resolución de todos los juicios de amparo y amparos en revisión relacionados con la creación del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt) que sustituye al Conacyt, y sus reglas de operación forma parte de las atribuciones que le otorga el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 constitucional,

Por lo tanto, los tribunales colegiados que están revisando amparos en revisión en contra del nuevo Conahcyt deberán esperar a que los ministros de la Corte resuelvan el fondo de las acciones de inconstitucionalidad 126/2023 y su acumulada 128/2023 para poder dictar sentencia en los juicios de amparo relacionados con el tema.

“En el Acuerdo General Plenario 6/2023, publicado hoy, se determina que en los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito en los que subsista el problema de constitucionalidad del decreto señalado, se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta hasta que el Pleno de este Tribunal Constitucional establezca el o los criterios respectivos, y se emita el acuerdo correspondiente”, señala la orden de la Corte firmada por la ministra Presidenta, Norma Lucía Piña Hernández.

De esta forma, los tribunales federales podrán resolver los amparos de manera individual cuando el Pleno de la Corte ya haya fijado los criterios sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las reformas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a la Ley de Planeación y a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, publicadas el pasado 8 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.

 

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