CDMX: Así quedan las multas de tránsito tras aumento de UMA

El aumento del UMA impactará directamente en las multas de tránsito.

enero 9, 2024 2:01 pm Published by

A partir del próximo 1 de febrero, los conductores en México podrían enfrentar sanciones más costosas por infracciones de tránsito, ya que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) anunció un aumento del 4.66% en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual sirve como referencia económica en el país.

La UMA, implementada en enero de 2016 para reemplazar al esquema de Veces Salario Mínimo, es utilizada como índice para determinar el monto de diversas obligaciones, incluidas multas de tránsito. Según el comunicado emitido por el INEGI el martes pasado, los nuevos valores de la UMA para 2024 son los siguientes:

Diario: 108.57 pesos mexicanos
Mensual: 3,300.53 pesos mexicanos
Anual: 39,606.36 pesos mexicanos

Foto: Cuartoscuro

Este ajuste impactará directamente en las multas de tránsito, conforme a las disposiciones del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México (CDMX). Algunas de las sanciones más comunes y sus equivalentes en pesos, de acuerdo con el valor actualizado de la UMA, son:

Insultar, denigrar o golpear a un agente de tránsito: “Los conductores que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la UMA”.

Multa de 20 veces la UMA: 2,171.4 pesos
Multa de 25 veces la UMA: 2,714.25 pesos
Multa de 30 veces la UMA: 3,257.1 pesos

Utilizar el celular al manejar: ““Utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento. Cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido, de lo contrario, la multa aplicará por 30, 32 y 35 veces el valor vigente de la UMA”

Multa de 30 veces la UMA: 3,257.1 pesos
Multa de 32 veces la UMA: 3,474.24 pesos
Multa de 35 veces la UMA: 3,799.95 pesos

Infracción por estacionarse en un lugar prohibido:Se prohíbe estacionar cualquier vehículo sobre vías peatonales, especialmente banquetas y cruces peatonales. Así como vías ciclistas exclusivas, para ello es suficiente que cualquier parte del vehículo se encuentre sobre estos espacios. Los conductores de vehículos motorizados que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la UMA vigente”

Multa de 10 veces la UMA: 1,085.7 pesos
Multa de 15 veces la UMA: 1,628.55 pesos
Multa de 20 veces la UMA: 2,171.4 pesos

Exceder el límite de velocidad: “Los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad establecidos en la señalización vial. A falta de señalamiento restrictivo específico, los límites de velocidad serán los establecidos en el Reglamento de Tránsito”

Multa de 10 veces la UMA: 1,085.7 pesos
Multa de 15 veces la UMA: 1,628.55 pesos
Multa de 20 veces la UMA: 2,171.4 pesos

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Dar vuelta en U en lugares no permitidos: “Dar vuelta en “U” cerca de una curva y donde el señalamiento restrictivo expresamente lo prohíba. Por ello, los conductores de vehículos motorizados que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la UMA vigente”

Multa de 20 veces la UMA: 2,171.4 pesos
Multa de 25 veces la UMA: 2,714.25 pesos
Multa de 30 veces la UMA: 3,257.1 pesos

Los conductores deben estar atentos a estos cambios y ajustarse a las normativas de tránsito para evitar sanciones económicas más severas a partir de febrero.

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