Corte despenaliza el aborto a nivel federal

La Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional penalizar el aborto en el Código Penal Federal por violar los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

septiembre 6, 2023 3:59 pm Published by

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó este miércoles el delito del aborto del Código Penal Federal al concederle un un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

En X, antes Twitter, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional penalizar el aborto en el Código Penal Federal por violar los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

El máximo tribunal del país declaró inconstitucional en septiembre de 2021 la prohibición absoluta del aborto en los códigos penales de los estados.

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IMSS, ISSSTE y PEMEX deberán brindar el servicio de aborto

Sin embargo, desde entonces pocas entidades han modificado sus leyes para acatar el criterio de la Corte.

“Con esta decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las instituciones federales de salud de todo el país tendrán que brindar el servicio de aborto a las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten”, indicó en un comunicado GIRE.

Añadió que con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.

Personal médico no podrá ser criminalizado

Además dijo, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud.

“Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte”, señaló en un comunicado.

Desde GIRE añadieron, confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

En concreto, el Grupo había solicitado declarar inconstitucionales los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal, que imponen cárcel a quienes interrumpen su embarazo, así como al personal médico por realizar el procedimiento. (Con información de EFE y Europa Press)

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