Propone Zaldívar que feminicidio también sea delito federal, sin prescripción ni reducción de pena

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, presentó ante el Senado de la República una propuesta de reforma constitucional para que el feminicidio sea un delito federal y se prohíba a las autoridades negociar criterios de oportunidad contra los imputados por este crimen o reducción de penas.

julio 6, 2022 2:44 pm Published by

Por Juan Omar Fierro

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, presentó ante el Senado de la República una propuesta de reforma constitucional para federalizar el delito de feminicidio, incluyendo la tentativa, con el fin de que se catalogue como un delito que no prescriba nunca y en el que se prohíba a las autoridades negociar un criterio de oportunidad con un imputado y la conmutación o reducción de penas a los sentenciados por este crimen.

Durante una reunión de trabajo con la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el proyecto de ley entregado por el ministro Zaldívar a senadores y diputados federales también plantea homologar las penas y tipos para el delito de feminicidio y delitos relacionados, a nivel federal y estatal, por lo que se propone modificar el artículo 73 constitucional para que se agregue la frase “feminicidio y delitos vinculados” a la redacción que ya contempla leyes generales para otros ilícitos como secuestro, desaparición forzada de personas,trata de personas, tortura y delitos en materia electoral.

De esta forma, la nueva redacción del artículo 73 constitucional quedaría plasmada de la forma siguiente: “Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de feminicidio y delitos vinculados, secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral”.

Con esta propuesta, el delito de feminicidio ahora también sería de competencia federal, sin que esto le quite facultades a los estados para investigar y sancionar este ilícito.

En compañía de la presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, la propuesta de reforma constitucional denominada “Proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio” también contempla que se imponga prisión preventiva a todas las personas que sean acusadas del delito de tentativa de feminicidio o de realizar actos preparatorios para cometer dicho ilícito.

La necesidad de otorgar la medida cautelar, señala la iniciativa de ley, se daría en caso de que existan “elementos de convicción suficientes (para presumir) de su participación en el delito así como de su intención de fugarse, entorpecer de cualquier forma la investigación o el proceso, o si fuera necesaria para la seguridad y protección de la mujer, de su familia o de la sociedad”.

La propuesta de ley también advierte que se prohíben los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, como los criterios de oportunidad y la suspensión condicional del proceso, para evitar que los responsables se vean beneficiados con la reducción de sus penas.

De igual forma, quedarán prohibidos los beneficios de preliberación para los sentenciados por este delito.

Además, se establece que no se podrán considerar como atenuantes o eximentes del delito de feminicidio, ni siquiera cuando no se concreta y queda en grado de tentativa, alegatos de conductas o emociones que justifiquen la agresión contra mujeres como la emoción violenta, la ira, una “supuesta” provocación por parte de las víctimas, el honor o los celos; así como las creencias culturales o cualquier otra costumbre que sea contraria a derechos humanos.

Tampoco será excluyente del delito agregar que se cometió este delito por orden de un superior jerárquico, ya que los subordinados tienen el deber de desobedecer dichas instrucciones y denunciar la conducta ante la autoridad ministerial.

Además, el proyecto de ley considera que no se puede alegar como excluyente del delito la existencia de circunstancias especiales o situaciones excepcionales, tales como tiempo de guerra, invasión o su peligro inminente, perturbación grave de la paz pública, un conflicto armado, inestabilidad política interna o la suspensión de derechos y sus garantías en caso de que se de cualquiera de estos escenarios.

La norma que propone Zaldívar crea el concepto de “revictimización institucional” que se aplica a servidores públicos e instituciones de procuración de justicia que intenten frenar, entorpecer o desalentar la presentación de denuncias por el delito de feminicidio, a quienes filtren información sensible de las víctimas, incluyendo fotografías, o a quienes justifiquen con estereotipos de género, la agresión en contra de las mujeres.

En este caso, también se plantea que los servidores públicos señalados por “revictimización institucional”, así como las instituciones para las cuales trabajen, estarán obligados a ofrecer disculpas públicas a las víctimas y a sus familiares, independientemente de las denuncias penales a las que pueden ser acreedores conforme a lo previsto en el Código Penal Federal y otras normas.

Otras obligaciones que crea la propuesta de Zaldívar para federalizar el delito de feminicidio son: la creación de registros de este delito en el que se incluyan las características sociodemográficas de los agresores, crear una base de datos a nivel nacional de mujeres y niñas desaparecidas y conformar un banco genético confidencial que contenga información de las mujeres y niñas desaparecidas, así como los perfiles genéticos de los cuerpos de cualquier mujer o niña, no identificada, que haya sido privada de la vida.

Proyecto de Ley General Par… by Juan Omar Fierro

placeholder
Tags: , , , ,

Contenido relacionado

placeholder