¿Le debes al SAT? Este programa te ayuda a pagar tus deudas

Para ser elegible para esta reducción, los contribuyentes deben cumplir con algunos criterios.

febrero 6, 2025 2:20 pm Published by

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene un programa que permite a contribuyentes regularizar sus adeudos fiscales mediante la aplicación de una disminución del 100% en el monto de multas, recargos y gastos de ejecución. Esta medida busca facilitar el pago de los adeudos y fomentar el cumplimiento de obligaciones fiscales tanto para personas físicas como para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).

“En la aplicación de una disminución de 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución, lo cual facilita el pago de los adeudos fiscales y fomenta el cumplimiento y regularización de las obligaciones fiscales de personas físicas, así como de micro, pequeñas y medianas empresas”, informó el SAT.

¿Qué requisitos debes cumplir?

Para ser elegible para esta reducción, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes criterios:

  • -No haber recibido condonaciones en créditos fiscales con base en los programas generalizados y masivos de 2000, 2007 y 2013.
  • -Que los créditos fiscales a regularizar correspondan a ejercicios en los que los ingresos totales no hayan superado los 35 millones de pesos.
  • -No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
  • -No estar incluido en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.

¿A qué adeudos aplica?

El programa aplica a adeudos fiscales de 2023 y años anteriores, determinados por el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), en los siguientes rubros:

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  • -Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias.
  • -Multas impuestas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
  • -Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
  • Multas con agravantes, siempre que hayan sido determinadas junto con contribuciones federales o cuotas compensatorias omitidas.

¿Qué contribuyentes pueden solicitar la disminución?

El beneficio está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales no hayan excedido los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente y que se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • -Tengan a su cargo contribuciones o cuotas compensatorias omitidas que no hayan sido determinadas por la autoridad.
  • -Estén sujetos a facultades de comprobación.
  • -Se encuentren pagando créditos fiscales a plazos.
  • -Tengan créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal.
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