El voto de Mancera por “planillas abiertas”

La figura del Concejo está definida como un órgano de contrapeso y de participación plural, y no como un instrumento discrecional de los alcaldes: Julio Moguel.

junio 5, 2017 5:53 pm Published by

El voto de Mancera por las “planillas abiertas”
(El debate en la ALDF)
Julio Moguel

Nota preliminar

El 30 de mayo pasado, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tuvo a bien aprobar la nueva Ley Electoral, primera del bloque de leyes secundarias que ordena la recién estrenada Carta Magna de la Ciudad. Ganó ese día la posición de “planilla cerrada” para la elección de alcalde y concejales, pero todo parece indicar que quienes optaron por “la planilla abierta” aún tienen algo que decir y ganar. Pues el Jefe de Gobierno de la Ciudad remitió este fin de semana a la ALDF un documento de “observaciones” que toca muy sensiblemente ese punto específico del nuevo ordenamiento. Aquí ensayo un nuevo apunte sobre este tema.

1. La “observación” de Miguel Ángel Mancera

Las “observaciones” hechas por Miguel Ángel Mancera a la recién aprobada Ley Electoral de la Ciudad de México, votada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) el pasado 30 de mayo, tiene, entre otros señalamientos, uno que toca en el centro mismo del diferendo mayor establecido en el rudo debate que se dio para su aprobación, a saber: el relativo a si los candidatos a concejales pueden ganar su lugar por el mecanismo de una “planilla cerrada”, o pueden conquistarlo por la vía de una “planilla abierta”.

En el primero de los casos no cuenta en absoluto si el candidato concejal que se declare ganador tiene o no algún arraigo o popularidad en la específica circunscripción electoral a la que representa o a la que presume representar: basta con que triunfe su planilla, y que el porcentaje global que se obtenga en la demarcación “le alcance” para ganar (dado el lugar que ocupe en la referida planilla). En el segundo de los casos el candidato a concejal requiere residencia y arraigo en la circunscripción electoral por la cual contiende, pues serán los votos de esa específica circunscripción los que le ofrecerán sus posibilidades de triunfo.

Pues bien: dice la “observación” que viene del Jefe del Ejecutivo local: “Para celebrar el proceso electoral 2017-2018 y homologar el texto [de la Ley Electoral aprobado el 30 de mayo] a la Constitución Local, debe precisarse que en las seis circunscripciones en que se divida cada una de las demarcaciones territoriales se indique a qué circunscripción representa cada uno de los candidatos a concejales acreditando su residencia efectiva”.

2. “Planilla cerrada”: el curso a la ingobernabilidad

Pudiera argumentarse que esta observación no toca el fondo del debate en torno al tema de “planilla cerrada” versus “planilla abierta”, y que por tanto no modifica o no obliga a modificar la Ley en el punto en que quedó establecida el pasado 30 de mayo. Porque –concluiría el argumento– se trataría simplemente de sumar, en “la planilla cerrada”, candidaturas de concejales que puedan probar legalmente su residencia en las circunscripciones electorales por las que contenderían. Pero su triunfo como concejales no dependería de los sufragios que obtuvieran en sus específicas circunscripciones, sino –dada la lógica de la “planilla cerrada”– de los votos que alcanzara su planilla en el conjunto de la demarcación.

Pero si este fuera el resultado del nuevo debate legislativo –debate que se desarrollará el martes 6 de junio– terminaríamos en un absurdo que, desde mi punto de vista, no merece la letra de la nueva Ley Electoral: porque abriría el camino a que varios candidatos a concejales entren a formar parte de los concejos sin haber conquistado los votos de sus propias circunscripciones. Lo que abriría curso a circunstancias de ingobernabilidad –y no de gobernabilidad, como pregonan quienes apoyan la idea de las “planillas cerradas”, pues los sectores sociales implicados en la elección local correspondiente verían que su voto directo no tiene en la realidad ningún valor.

***

Puesto el asunto en un sentido más llano: Mancera “vota” por la “planilla abierta”, aprovechando para este caso su “voto de calidad”. El objetivo: “homologar el texto [de la Ley Electoral aprobado el 30 de mayo] a la Constitución Local”, tal y como el mismo Jefe de Gobierno de la Ciudad de México lo define en su comentada “observación”. ¿Las razones? Porque la figura del Concejo está definida constitucionalmente como un órgano de contrapeso y de participación plural, y no como un instrumento político para el manejo discrecional de los titulares de las alcaldías.

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